¡Propietarios! Seguro han oído hablar de él, algunos ya lo han probado y otros, quizás, se preguntan, ¿cómo funciona? Prepárate, porque revelaremos la potencia detrás de un adelanto de canon con Acrecer.
En tiempos recientes y como parte del fortalecimiento en su propuesta de valor, Acrecer desarrolló y lanzó el beneficio de adelanto de canon para todos sus clientes propietarios. Este beneficio se creó como una alternativa de alivio financiero para quienes, por diversos motivos, muchos de ellos ligados a los gastos administrativos de sus inmuebles, no pueden esperar el pago de su renta mensual y necesitan liberar flujo de caja, ¡de inmediato!
Bueno, vamos por partes. La primera pregunta se responde facilito: El adelanto del canon te lo puedes gastar en lo que quieras. El beneficio nace, precisamente, para darle a nuestros clientes una ventaja frente a esas gastos impostergables o inesperados que cualquier persona en su día a día (o en su mes a mes) ha tenido o tiene que enfrentar: que la matrícula del colegio, que se me dañó el celular, que la declaración de renta, que un viaje de última hora (o unas vacaciones merecidas y no planeadas); en fin, el destino del gasto corre por cuenta del cliente y en nosotros, queda la tarea de adelantarte el canon sin que tengas que ir a un banco a hacer filas o pelear con intereses insostenibles; solo contactando a nuestros asesores de servicio o a tu asesor comercial asignado, podrás acceder al beneficio, desde donde estés.
Aquí entra la respuesta a la segunda pregunta: ¡puedes solicitar hasta 8 cánones de arrendamiento! Dicha solicitud será evaluada por nuestro equipo administrativo y financiero. De acuerdo a tu información crediticia y vigencia contractual, se decide el alcance de la aprobación y los intereses (que van desde el 1.7%) el desembolso será casi inmediato, una vez se diligencien e ingresen los documentos que a cada cliente solicitante le pediremos vía E-Mail oficial.
*Los intereses pueden variar de acuerdo a las condiciones del mercado y al historial crediticio de cada cliente.
a) Debes contar, mínimo, con una vigencia de 12 meses en tu contrato de administración del inmueble o con una renovación mínima de 6.
b) El contrato debe estar plenamente asegurado por nuestros aliados oficiales y el propietario no debe tener reportes ante estos, además de estar al día en sus obligaciones de pagos.
c) Si cumples con a y b, Acrecer te prestará el equivalente al valor de tu canon menos deducciones, administración, impuestos, entre otros.
Dependiendo de la fecha de vigencia del contrato, se definen el número de cuotas a pagar mensualmente, las mismas que serán descontadas en el pago del canon, según el ciclo al que pertenezcas. Después de esta avalancha de información tal vez esté rondando en tu cabeza la tercera pregunta:
A parte de tasas bastante competitivas y de la rapidez del desembolso, el adelanto de canon no le va a restar a tu capacidad de endeudamiento y no requiere codeudor.
Encuentra la fecha de pago límite del predial en las siguientes opciones de acuerdo al municipio de residencia. Recuerda que podrás solicitar el adelanto de canon para cubrir este gasto y regalarte ese respiro de tranquilidad.
¿Te quedó sonando?
Escríbenos al correo comunicaciones@acrecer.com para asesoría inmediata.